Oposición de Capitanes de Pesca a medida del CFP que da exclusividad a poteros y alienta el descarte

Debido a la decisión inconsulta del Consejo Federal Pesquero respecto de la pesca de calamar, que mediante la resolución 14/2016 el íllex puede capturarse únicamente con buques poteros, la Asociación de Capitanes de Pesca envió nota al máximo organismo pesquero por la cual solicita expresamente que dicha medida quede sin efecto dado que alienta el descarte e la especie por la flota arrastrera, y se convoque en forma urgente a la Comisión de Seguimiento del Calamar para dar tratamiento a la misma, agregando que también se convoque a integrar esa Comisión a los representantes de los trabajadores.


En la misiva, el Secretario General de la AACPyPP Jorge Frías formula la oposición a la RES. CFP Nº 14/2016, solicitando que se deje sin efecto atento a que "presenta graves vicios materiales y de derecho, siendo la misma materialmente inaplicable sin vulnerar la legislación vigente en materia pesquera", expresa.

Es que esta norma desconoce la actividad de la flota de arrastre. "La sanción de la referida Resolución por parte del CFP ha sido llevada adelante sin tener en cuenta la forma en que se desarrolla la actividad pesquera de los buques arrastreros, los que por las características de la pesquería del calamar frecuentemente coinciden con el de otras especies objetivo, como puede ser la merluza hubbsi", manifiesta.

Conlleva descarte y desperdicio

La misiva consigna que esta Resolución "vulnera en forma flagrante el Art. 21 Inc. m) de la Ley Federal de Pesca Nº 24.922, que en forma taxativa prohíbe los descartes de especies ícticas", y en ese sentido recuerda que en el acta CFP Nº 29/2005 se fija el límite del "20% para la pesca incidental de calamar por parte de buques arrastreros" y "el establecimiento de un límite del 20% para la captura incidental" del illex argentinus "trae aparejada como consecuencia directa el descarte liso y llano de todos los ejemplares que sobrepasen dichos porcentajes, fomentando el desperdicio de alimento y 'nichos de corrupción'".

Lejos se encuentra la Resolución atacada de haber sido adoptada con criterio “adaptativo”, ya que en forma contraria al que sería su fin último, fomenta el descarte de la especie calamar yendo en forma contraria a la realidad que los Capitanes vivimos día a día a bordo de los buques pesqueros arrastreros.

Perjuicio laboral

A ello cabe agregar el perjuicio laboral que conllevaría su aplicación en la flota arrastrera, "que pierde la posibilidad de explotación del recurso calamar como consecuencia de tan inconsulta y arbitraria medida, no pudiendo desconocer el CFP que ello impactará negativamente sobre la actividad de dichos buques y sus tripulaciones".

Este nuevo error agrava la baja actividad que viene sufriendo la flota fresquera, como consecuencia del perjuicio que ha generado la implementación de cuotas individuales transferibles de captura (CITC) la que en los hechos ha provocado la concentración de las cuotas en cada vez menos empresas y también, la posibilidad de que las empresas dirijan sus buques a otras especies como el langostino o peor aún que paren la actividad total del buque. Esta negativa situación fue advertida en el año 2009 por la AACPyPP mediante sendas cartas documento enviadas a los entonces Presidenta de la Nación y Subsecretario de Pesca y Acuicultura de la Nación, tratando de evitar se aplique el sistema de CITC sin condicionamientos ya que generaría cambios negativos, y el tiempo y los hechos nos dieron la razón, aunque hoy muchos se pregunten porqué el puerto marplatense no tiene normal actividad.

Comisión de Seguimiento de Calamar

En virtud de lo expuesto, Frías solicitó al CFP que se deje sin efecto la Res. Nº 14/2016 y se convoque en forma urgente a la Comisión de Seguimiento de la Pesquería de Calamar a los efectos llevar adelante un ordenamiento de las normas de manejo sobre la especie, en forma consensuada y con la participación de todos los actores involucrados en la actividad.

Asimismo, reclama que se integre a la Comisión de Seguimiento con un representante por cada uno de los sindicatos con personería gremial representativo de los trabajadores embarcados, involucrados en forma directa en la actividad pesquera.

De esta forma, el CFP podrá contar con la opinión de los trabajadores que a bordo de los buques pesqueros arrastreros, diariamente conviven con las vicisitudes de la actividad, en especial en la pesca de la especie calamar.








Descargue AQUÍ la Resolución CFP 14/2016 - Documento PDF



22/11/2016



 

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