Se inició el proceso de cuotificación de especies

El Consejo Federal Pesquero resolvió derogar la Resolución 2 que se aplicaba desde el 2001 y permitía la autorización de captura de las distintas especies.

El CFP asignó autorizaciones de captura para varias especies: merluza negra (Dissostichus eleginoides), merluza de cola (Macruronus magellanicus) y polaca (Micromesistius australis). En estos últimos casos, el régimen de administración se estableció de modo análogo al de las CITC. De este modo tuvo lugar una experiencia valiosa dentro del proceso de implementación de un régimen de administración de los recursos pesqueros mediante CITC.



Con el fin de continuar con el proceso de aplicación de las disposiciones de la Ley Nº 24.922 y su reglamentación, en particular con las medidas necesarias para la administración de los recursos pesqueros dentro de este marco legal y reglamentario, se considera jurídica y técnicamente adecuado proseguir con el desarrollo de la política de administración de dichos recursos mediante Cuotas Individuales Transferibles de Captura (CITC).

A partir de todo lo expuesto y la experiencia recogida, se decide por unanimidad actualizar los criterios establecidos en el Régimen General de CITC, sustituyendo el texto aprobado por la Resolución CFP N° 2/2001, y se da tratamiento a un proyecto de resolución.

La Autoridad de Aplicación considera que la definición de Reserva Social es facultad del CFP y debe ser discutida en el tratamiento de los regímenes específicos. Por esta razón no está de acuerdo con la propuesta de Tierra del Fuego.

Los representantes de la SAyDS, la Cancillería, el PEN y las Provincias de Chubut, Santa Cruz, Río Negro y Buenos Aires manifiestan su acuerdo con lo expresado por la Autoridad de Aplicación.

Por mayoría se decide mantener la redacción del artículo con el agregado propuesto por la Provincia de Chubut.

El Régimen Federal Pesquero establece mecanismos de conservación y administración de los recursos pesqueros que son compatibles con las facultades que el derecho internacional confiere a la Argentina en tanto Estado ribereño. En este marco, y dentro de las competencias de la cancillería argentina en materia de política exterior, el Representante de la Cancillería ante el CFP acompaña la propuesta de la Autoridad de Aplicación en relación con la decisión que se está adoptando sobre la base del llamamiento formulado ante este Consejo por las autoridades nacionales competentes.

Los Representantes de las Provincias de Chubut, Santa Cruz, Río Negro y Buenos Aires expresan que aprueban la presente resolución en el marco federal de la Ley N° 24.922 y en especial en virtud de las facultades emergentes del Capítulo II, artículo 3° que establece:

“Art. 3°.- Son del dominio de las provincias con litoral marítimo y ejercerán esta jurisdicción para los fines de su exploración, explotación, conservación y administración, a través del marco federal que se establece en la presente ley, los recursos vivos que poblaren las aguas interiores y mar territorial argentino adyacente a sus costas, hasta las doce (12) millas marinas medidas desde las líneas de base que sean reconocidas por la legislación nacional pertinente.”

Dichas facultades se hacen extensivas a la administración provincial sobre la reserva social que se establezca y asigne para cada especie en su régimen particular.

El proyecto es aprobado por mayoría con el voto en disidencia parcial de la Provincia de Tierra del Fuego, Antártida e Islas del Atlántico Sur, que fundamenta su voto en lo expuesto con anterioridad.

El Subsecretario de Pesca y Acuicultura de la Nación, Norberto Yauhar aseguró que en los próximos días se avanzará con el proceso de cuotificación de las especies polaca, merluza de cola y merluza negra dando sustentabilidad al recurso, no solo a la masa biológica sino también a su explotación.

“Queremos darle al sector empresarial la posibilidad de tener previsibilidad por una cierta cantidad de años con la asignación de posibilidades de capturar estas especies. Estas modificaciones técnicamente han llevado a hacer un replanteo de cómo se venían dando esas autorizaciones para todas las especies dejando ahora abierta la posibilidad del otorgamiento de estas CITC, que son las que en definitiva se van a otorgar por 15 años para el aprovechamiento del recurso”, remarcó el funcionario nacional.


28/05/09
SAGPyA



 


Todos los derechos reservados 2008 - 2009
Asociación Argentina de Capitanes y Patrones de Pesca