SEMINARIO DESCARTE CERO EN ARGENTINA Y URUGUAY
Presentaciones de los Dres. Cañón, Larroy y Lamas

Los asesores letrados de la Asociación Argentina de Capitanes de Pesca Carlos Cañón y Federico Larroy, y del Sindicato Único de Patrones de Pesca del Uruguay Álvaro Lamas realizaron una presentación sobre la legislación que existe en ambos países respecto al descarte, en Urguay permitido y en nuestro país prohibido, y sin embargo la misma problemática. Importantes conceptos se destacan a continuación.



Dr. Carlos Lorenzo Cañón


Audio de la presentación de los asesores letrados de la AACPyPP y SUDEPPU
Si no puede visualizarlo, descargue AQUÍ el archivo mp3.

Dr. Carlos Lorenzo Cañon
Abogado. Asesor legal de la Asociación Argentina de Capitanes de Pesca


La Ley Federal de Pesca prohíbe el descarte en Argentina y en el Uruguay la ley no prohíbe el descarte, por lo que podríamos suponer que las consecuencias deberían ser diferentes. Se prohíbe el descarte y estamos acá reconociendo y denunciando que el descarte llega ya a una enormidad que ha permitido que un conocido Senador que ha hecho una Ley de Pesca nueva, dijera ante semejante vergüenza que descartar es un delito de lesa humanidad. Estamos presentes los abogados porque es obvio que lo que se está reclamando aquí es terminar con la gran corrupción estructural con la que se ha armado el mal manejo de la pesca argentina y uruguaya.

Lo que persigue este seminario es lo que indica el Código de Pesca Responsable y las reglas directrices en materia de descartes 2008, 2010, 2012, las que nos dicen lo que se debe hacer.

Quien me convoca, y a quien acompaño como asesor, es Jorge Frías, un valiente capitán que se ha animado a levantar esta voz y decir a nosotros no nos preocupa tanto la ciencia en esta etapa, nos preocupa que hay miles de argentinos que se mueren de hambre y salen por televisión, hay una gran cantidad de familias que no tienen para comer.

Los distintos subsecretarios de Pesca de la Nación no han hecho nada para educar a la población a consumir pescado, no han hecho nada para distribuir el pescado en el interior del país, en el norte, donde hay hambre, y de esto falta decisión política, faltan normas.

Estamos acá los abogados, para decirles que se está pidiendo una legislación nueva pero con aplicación de la autoridad correcta y concreta, hacer lo que la FAO aconseja, porque la FAO en las normas directrices para evitar el descarte dice con claridad que lo tienen que hacer los Estados Ribereños. Esto se puede arreglar con leyes.

La urgencia de hoy es que el Estado puede y debe subvencionar a los empresarios y a los trabajadores para que se traiga a puerto todo lo que se sube al barco y sea alimento para los argentinos que hoy en día se siguen muriendo de hambre.




Dr. Federico Larroy

Dr. Federico Larroy
Abogado. Asesor legal de la Asociación Argentina de Capitanes de Pesca


La realidad nos marca que los sindicatos, marinería, maquinistas, capitanes, han mostrado interés en las negociaciones en introducir cláusulas que específicamente hablen del descarte cero, la reticencia es del sector empresario, solo se han podido incluir cláusulas generales, relativas al cuidado del medio ambiente.

Una sola cámara por lo menos con los Capitanes de Pesca que ha querido firmar un convenio colectivo que introduzca el tratamiento de la situación del descarte cero que es la AEPEC, CCT 701/14, artículo 27, amplía lo que podemos decir que establece la Ley Federal de Pesca con relación a la previsión de descartes. El resto de las cámaras están metidos, considero en forma personal, dentro de una matriz comercial que hoy no les permite vislumbrar otra situación que no sea la forma en que está armado hoy el negocio de la pesca en Argentina.

Los controles y las sanciones se ejercen sobre los capitanes de pesca, aunque es llamativo que son muy pocos, prácticamente nulos, los sumarios relativos a infracciones come-tidas por descarte. Es algo de lo que no se habla, es algo que parece estar escondido, aunque todo sabe que esto ocurre. Hay sumarios PNA por mal llenado libros de navegación (libros que están desactualizados), por ingresar 50 metros en una zona de veda navegando a 6 nudos, velocidad que hace imposible la pesca. Este Seminario es un primer paso para establecer pautas que refuercen la prohibición establecida en la Ley Federal de Pesca con relación a la previsión de los descartes.

En el CFP están representados todos los sectores con un miembro permanente, menos el sector de los trabajadores. Debe saberse públicamente que los gremios, que los capitanes quieren que el problema descarte sea abordado y que debe ser solucionado.




Dr. Álvaro Lamas

Dr. Álvaro Lamas
Abogado. Asesor legal del SUDEPPU


En nuestro país hay infracciones, hay sanciones, hay multas, y los abogados de las empresas buscan mitigarla. Cuando hay problemas con el patrón, los abogados vamos a buscar de salvar al patrón; pero nadie trata el problema de fondo que es el descarte, salvamos el caso y a otra cosa.

En nuestro país tenemos una ley de pesca, llamada de Recursos Hidrobiológicos, la 19.175 que es del año 2013, bastante nueva, y a pesar de estar financiada la investigación para hacerlo con recursos de la FAO, no se trata el tema del descarte, se lo dejó de lado. En nuestro país la pesca en está en el Ministerio de Ganadería, Agricultura y Pesca. La pesca está con la ganadería y con la agricultura, y después viene la pesca, a su vez hay una Dirección que es la Dinara, que investiga, ordena y sanciona, todo pasa por ahí, y es quien pone las multas cuando se pesca mal.

En la ley, como sanción grave, se establece que la captura o extracción de peces diferente a la autorizada es una falta grave. Tenemos cuatro tipos de permisos de pesca, por letras, en el A la pesca objetivo es la merluza; en el B se da permiso para corvina y pescadilla, en el C se da permiso para túnidos y otras especies; y en el D entran los barcos que pescan merluza negra. Esa es la pesca objetivo y luego se determina fauna acompañante y un porcentaje, esos porcentajes, entre el 10 y el 15% depende de la pesquería, eso es lo que se puede traer. Y si viene demás ¿qué hacemos? Lo tiramos, porque si no te multan, así de fácil. No está prohibido el descarte, no dice nada, o sea lo que no está prohibido está permitido.

Para completar el tema, cada barco cada patrón, capitán, lleva un registro que se denomina parte de pesca, incluso está instrumentado hacerse electrónicamente para darle mayor agilidad; en el parte de pesca se pone la zona, el lance, lo que se extrae, y hay una columna que dice Descarte, y ahí el patrón, a ojo, estima cuánto pescado descartó. Incluso, han habido casos de patrones que no han tenido descarte y no han puesto nada porque no descartaron, y fueron citados por la Dinara a ver porqué no hay descarte. Entonces la opción es: vamos a poner un descarte en todos los lances, y si no hay descarte vamos a poner algo. Si no hay un respaldo normativo no podemos evitar el descarte. Hay que ir a una solución legal.



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