El Subsecretario Leonardo Cabrera autorizó la prórroga de títulos y certificaciones

Este martes, por medio de la nota 126217207 de la Subsecretaría de Puertos, Vías Navegables y Marina Mercante de la Nación, se efectivizó la prórroga por el término de un año para Títulos y Certificados con vencimiento en 2021 y 2022.

Cabe destacar que el Capitán Jorge Frías Secretario General Nacional de la Asociación encomendó al Director del CESMAr Cap. Julio Hoffmann y al Vicealmirante VGM Álvaro Martínez, Asesor del CESMAr, que canalizaran pedidos a las autoridades nacionales a los efectos de que se aplicara una nueva prórroga sobre los vencimientos de Títulos y Certificados para Capitanes y Oficiales de puente de la flota pesquera, atento a las dificultades de la ARA para cumplimentar los certificados; por lo cual celebramos esta decisión de las autoridades del Ministerio de Transporte de la Nación. En el mismo sentido que la Asociación se había expresado todo el arco marítimo, aunque la nota cita sólo a la FENA.

En la nota de la SSPVNyMM, se expresa que en el marco de la emergencia sanitaria dispuesta por el Decreto DNU 260/2020, declarada por la Ley N° 27.541, ampliada, prorrogada, y sus normas complementarias, emitidas como consecuencia de la Pandemia Coronavirus- COVID-19, y en función del DCTO-2020-513-APN-PTE, autoriza, con carácter excepcional, extender la prórroga de los Títulos Nacionales e Internacionales emitidos por la Marina Mercante Nacional, conforme el siguiente cronograma:

• Prorrogar por el término de un (1) año desde la fecha de su vencimiento, a todos los Títulos y Certificados del área ultramar, fluvial y pesca que vencieron durante el año 2021,
• Prorrogar por el término de un (1) año desde la fecha de su vencimiento a todos los Títulos y Certificados del área fluvial y pesca que venzan durante el año 2022.

Los Títulos y Certificados que vencieron en 2020 fueron prorrogados oportunamente hasta un máximo de dos años desde su vencimiento y contaban con la posibilidad de iniciar los trámites seis meses antes del vencimiento de los mismos, razón por la cual la prórroga para aquellos resulta excesiva.

Finalmente, cabe resaltar que ante la actual situación de incertidumbre, la SFCT ha autorizado a los Institutos bajo dependencia de la Armada Argentina a mantener la capacitación en formato a distancia hasta el 30 de junio de 2022, motivo por el cual, resulta conveniente y necesario mantener la reválida de los certificados por mantenimiento de la Capacitación a bordo de aquellos certificados Regla VI, según Anexo I de la Nota NO-2020-91396629-APNSSPVNYMM# MTR, hasta la finalización de la prorroga adoptada.



















29/12/2021





 
 
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