El Sistema a la Parte va en desmedro del capitán y el oficial de pesca
Mientras la Constitución Nacional se refiere a la participación de los trabajadores en la ganancia de las empresas, el sistema a la parte, por el contrario, establece la participación de los trabajadores con sus salarios por producción en los gastos de las empresas.
Audio de la entrevista realizada al Secretario General de la AACPyPP Jorge Frías por Esteban Gallo en Activemos, FM Del Viento, Puerto Madryn.
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En una actividad como la pesca, en la que toda la información sobre capturas, toneladas descargadas, valor de las especies, etc., no son muy confiables, pensar que los trabajadores van a poder controlar los gastos del armador es una quimera. Los pescadores saben que esto es imposible y que no ocurre, porque no recibimos realmente la facturación fiscal de gastos y menos de venta, con lo cual resulta obvio que los valores que establece el CCT son estimados, imprecisos, determinados por las partes para salir de coyunturas de conflictos que ocurrieron.
La actividad de la flota pesquera de Chubut debe actualizar su marco regulatorio convencional, el sistema de trabajo a la parte debe ser adaptado o reemplazado. Esta Asociación inició las conversaciones para la firma de un convenio laboral para la flota amarilla con asiento en el puerto de Rawson en 2004, cuando Ricardo Iñurrieta presidía la cámara empresaria que por entonces representaba a esa flota, la CAFCOS, y no arribamos a arreglo alguno.
Pasaron las cámaras, los dirigentes, y los reiterados intentos para establecer un Convenio Colectivo de Trabajo en relación de dependencia, con un salario básico garantizado en navegación, dolarizado pues la producción se exporta; y fue recién en 2020 cuando finalmente para establecer una relación formal accedimos a firmar el convenio con la CAFACh, el que ya utilizaba Conductores Navales denominado a la parte, un sistema utilizado cuando los buques no superaban los 15 metros de eslora y las tripulaciones eran integradas por familiares, incluyendo el propietario y capitán del barco, y las capturas no ,uy importantes. Fue un avance, la coyuntura no permitía avanzar hacia un CCT en el que se incluya la relación de dependencia.
Es decir que además de ser contrario a la Constitución, el convenio a la parte era aplicable en otro momento, otro contexto de la flota costera que opera en Puerto Rawson; hoy la flota se magnificó, las tripulaciones en su mayoría son empleados y las capturas abundantes, y las empresas pasaron de colocar su producido en el mercado interno a exportar.
El capitán y el oficial de pesca deben estar en relación de dependencia. Nosotros no somos socios de las empresas, y bajo este sistema en todo caso lo somos más en las pérdidas que en las ganancias.
El convenio firmado para la Flota Amarilla está vencido y vamos a plantear esta modificación, siempre con la voluntad de mejorar la posición de los capitanes y oficiales que representamos, y corregir errores que funcionarios, empresarios y trabajadores debemos comprender.
Lo que hoy marca la inaplicabilidad del sistema a la parte, es que el convenio asume que todo gravamen que establezca el Estado debe ser integrado a los gastos, y eso es lo que ocurrió con el afortunadamente extinguido FAP.